Tema 5
- Movilidad funcional.
Es la modificación unilateral por parte del empresario de las funciones que el trabajador venía desempeñando de manera habitual.
- Movilidad geográfica.
Es el traslado definitivo o desplazamiento etmporal a otro centro de trabajo de otra localidad. Implica cambio de lugar de residencia habitual del trabajador.
- ¿Qué es el traslado?
Cuando el trabajador es destinado a un centro de trabajo de la misma empresa y exige cambio de residencia de forma definitiva, o cuando el desplazamiento excede de 12 meses en un periodo de 3 años. Puede ser indivicual o colectivo.
» Individual: Aceptar, extinguir contrato, acudir al juzgado de lo social.
» Colectivo: Periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.
- Desplazamiento.
Conserva la misma categoría profesional, la empresa paga gastos del viaje y dietas. Cada 3 meses de desplazamiento permiso de 4 días laborales.
- Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
Son las que afectan a la jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, cuantía salarial...
- Suspensión del contrato de trabajo.
Es la interrupción temporal de la prestación laboral sin que quede extinguido el contrato entre la emrpesa y el trabajador. Durante este periodo el empresario no satisface el salario del trabajador, y este no le presta sus servicios.
-¿Qué es la excedencia?
Es una causa de suspensión del contrato de trabajo que puede tener las siguientes modalidades: voluntaria, forzosa, por cuidado de hijos y por cuidado de familiares.
- Finiquito.
Es el documento que entrega el empresario con la propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas.
- Días trabajados al mes.
- Pagas extraordinarias (parte proporcional).
Vacaciones no disfrutadas (parte proporcional).
- Indemnizaciones, en su caso.
- Preaviso, incumplido.
- ¿Qué es la dimisión?
Es la extinción del contrato por voluntad del trabajador mediante la comunicación del empresario que señale el convenio, contrato o la costumbre del lugar. No tiene derecho a indemnización ni a prestación por desempleo.
- Despido disciplinario.
Incumplimiento grave y culpable del trabajador.
- Impugnación del despido.
Es el acto que inicia un trabajador que no está de acuerdo con su despido, para que la autoridad competente lo revise.