Tema 5

 

- Movilidad funcional.

Es la modificación unilateral por parte del empresario de las funciones que el trabajador venía desempeñando de manera habitual.

 

- Movilidad geográfica.

Es el traslado definitivo o desplazamiento etmporal a otro centro de trabajo de otra localidad. Implica cambio de lugar de residencia habitual del trabajador.

 

- ¿Qué es el traslado?

Cuando el trabajador es destinado a un centro de trabajo de la misma empresa y exige cambio de residencia de forma definitiva, o cuando el desplazamiento excede de 12 meses en un periodo de 3 años. Puede ser indivicual o colectivo.

» Individual: Aceptar, extinguir contrato, acudir al juzgado de lo social.

» Colectivo: Periodo de consultas con los representantes de los trabajadores.

 

- Desplazamiento.

Conserva la misma categoría profesional, la empresa paga gastos del viaje y dietas. Cada 3 meses de desplazamiento permiso de 4 días laborales.

 

- Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.

Son las que afectan a la jornada de trabajo, horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos, cuantía salarial...

 

- Suspensión del contrato de trabajo.

Es la interrupción temporal de la prestación laboral sin que quede extinguido el contrato entre la emrpesa y el trabajador. Durante este periodo el empresario no satisface el salario del trabajador, y este no le presta sus servicios.

 

-¿Qué es la excedencia?

Es una causa de suspensión del contrato de trabajo que puede tener las siguientes modalidades: voluntaria, forzosa, por cuidado de hijos y por cuidado de familiares.

 

- Finiquito.

Es el documento que entrega el empresario con la propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas.

- Días trabajados al mes.

- Pagas extraordinarias (parte proporcional).

Vacaciones no disfrutadas (parte proporcional).

- Indemnizaciones, en su caso.

- Preaviso, incumplido.

 

- ¿Qué es la dimisión?

Es la extinción del contrato por voluntad del trabajador mediante la comunicación del empresario que señale el convenio, contrato o la costumbre del lugar. No tiene derecho a indemnización ni a prestación por desempleo.

 

- Despido disciplinario.

Incumplimiento grave y culpable del trabajador.

 

- Impugnación del despido.

Es el acto que inicia un trabajador que no está de acuerdo con su despido, para que la autoridad competente lo revise.