Recuperación Tema UE y Sociedades.

 

 

 

1.- LAS NORMAS DE LA UNIÓN EUROPEA

- Vinculantes
• Directivas: Normas que buscan homogenizar y armonizar las normas internas de un pais miembro, cada país no las aplica de manera inmediata, sino que las adopta a su ordenación interna mediante una ley interna propia. 
• Reglamentos: Normas obligatorias que se aplican directamente y sin dilación al ordenamiento interno de cada país, sin necesidad de adaptarlas. 
• Decisiones: Normas obligatorias que se dirigen a un Estado miembro, a un particular o a una empresa de forma específica, para que se apliquen inmediatamente.
- No Vinculantes
• Dictámenes y recomendaciones: Normas no obligatorias que recogen la opinión de un órgano consultivo de la UE o de una CC, y que sugieren al destinatario un comportamiento específico.
 
 

2.- FUNCIONES DE LAS INSTITUCIONES DE LA UNIÓN EUROPEA.

• Parlamento Europeo:
- Ostenta el poder legislativo junto con el Consejo de la UE.
- Ostenta el poder presupuestario junto con el Consejo, aunque tiene la misma decisión.
• Consejo de la UE:
- Adopta la legislación europea.
- Aprueba el presupuesto de la UE.
- Coordina las políticas de los Estados miembros.
• Comisión Europea:
- Propone la legislación al Parlamento y al Consejo.
- Gestiona y aplica las políticas de la UE y el presupuesto.
- Hace cumplir la legislación de la UE.
• Tribunal de Justicia:
- Verifica la legalidad e la actuación de las instituciones de la UE.
- Garantiza que los Estados miembros cumplan con sus obligaciones.
- Interpreta el Derecho de las Funciones del Tribunal.
• Tribunal de Cuentas:
- Comprueba que los fondos de la UE se perciben y se utilizan correctamente.
- Contribuye a mejorar la gestión financiera de la UE.
 

3.- LA INTEGRACIÓN EUROPEA

- Para adherirse a la UE, un país debe tener una democracia estable que garantize el Estado del Derecho, los derechos humanos, la protección de las minorías y una economía de mercado, así como una función pública que aplique y gestione las normas de la UE.

• 1953: Tratado de París [CECA]

• 1957: Tratado de Roma [CEE]

 

4.- RESUMEN DE LAS SOCIEDADES.

• El Empresario:
- Es aquella persona que, de forma individual o colectiva, toma las decisiones par conseguir los objetivos fijados. Puede ser persona física o jurídica.
• Física: Persona capacitada fisica y mentalmente para llevar la empresa (empresarios individuales).
• Jurídica: Grupo de personas físicas (sociedad: civil, mercantil, asociación, fundación, etc..)
• Empresario Individual:
- Las características son:
• No tener a cargo trabajadores por cuenta ajena, ni contratar o subcontratar a terceros.
• No ejecutar su actividad de manera indiferenciada con los trabajadores que presten servicios bajo cualquier modalidad.
• Sociedad Civil:
- Es un contrato por el cual dos o más personas ponen en común bienes o trabajo con ánimo de repartir entre sí las ganancias.
• Comunidad de Bienes:
- Cuando la propiedad de una cosa o un derecho pertenece proindiviso a varias personas.
• Sociedad Anónima:
- Es un tipo de sociedad en la que el capital está dividido en partes, generalmente iguales, denominadas acciones. La responsabilidad de los socios está limitada a su aportación.
• Sociedad Limitada:
- Es un tipo de sociedad en la que el capital está dividido en participaciones indivisibles y acumulables, y ha de estar totalmente desembolsado al constituirse la sociedad.
• Sociedad Limitada Nueva Empresa:
- Es una especialidad de la SL para estimular la creación de las empresas de pequeña dimensión. Se pueden constituir de forma sencilla en el plazo de un solo día mediante un documento electrónuco único y con una sola comparencia ante un notario.
• Sociedad Colectiva:
- Es un tipo de sociedad personalista en la que todos los socios se comprometen a participar, en la proporción que establezcan, de los mismos derechos y obligaciones.
• Sociedad Comanditaria:
- Se caracteriza por la existencia de dos tipos de socios: colectivos y comanditarios.
• Colectivos: Trabajan y dirigen la sociedad, pueden aportar o no dinero.
• Comanditarios: Aportan exclusivamente capital, y responden de las deudas de la sociedad con su aportación.
• Sociedad Laboral:
- Se caracteriza principalmente en que almenos el 51% del capital social está en manos de los socios trabajadores.